Al igual que los programas de puntos, los contratos sirven para aplicar unas consecuencias directas a la conducta infantil. Se utilizan con niños mayores (a partir de los ocho años) y son muy útiles para trabajar con adolescentes.
Todo contrato debe contener:
- lo que se espera que haga el niño (la conducta). Debe especificarse claramente qué se espera de él y qué ocurrirá si lo hace.
- A lo que se comprometen los padres (las consecuencias) si lleva a cabo esa conducta.
- Las consecuencias que tendría la no realización de esa conducta.
- También se pueden incluir bonificaciones extraordinarias por exceder los requisitos mínimos del contrato.
El contrato debe plasmarse en papel y ponerse en un lugar visible para tener acceso a él en cualquier momento. El siguiente gráfico se refiere a los hábitos de estudio:
Reunidos en________(lugar)______a______(fecha)_______, Pedro, Mamá y Papá acuerdan: |
Que Pedro se compromete a realizar el siguiente trabajo:
Con todo lo anterior:
Firmado: |
Conviene empezar poco a poco y no ser exigentes al principio. El objetivo inicial es que el niño se implique y se sienta motivado. Una vez que haya conseguido lo que se especifica en el contrato, podemos cambiarlo o introducir nuevas conductas que queramos modificar.
Hay que intentar que las consecuencias positivas o negativas de la conducta sean tan inmediatas a la conducta como sea posible, sin olvidar que se trata de un sistema de refuerzo, por lo que conviene hacer hincapié en las consecuencias positivas.
Saludos,
Héctor Peraza Díaz
www.psicologosbonnet.es
ME PARECE MUY PADRE TU CONTRATO LO VOY A PONER EN PRACTICA CON MI HIJO A QUIEN NO LE INTERESA LA ESCUELA